Es una comisión muy frecuente
en las hipotecas. En la mayoría de los casos, del orden del 0.5%
1.0% del capital
de la hipoteca.
La
comisión de subrogación es
la cantidad de dinero que la entidad financiera cobra al formalizar el
cambio de deudor (el cliente) del préstamo hipotecario, y en base o justificación a cubrir los gastos administrativos y de
gestión del préstamo. Por así decirlo, es la análoga a la
comisión
de apertura en hipotecas nuevas.
Ejemplo:
compra de una vivienda nueva donde ya está constituida la hipoteca, y el
nuevo propietario se subroga en las condiciones que con anterioridad tenía el
promotor / constructor.
La comisión de subrogación se abona en el mismo
instante de la formalización del préstamo hipotecario.
¿se
puede negociar?
Si,
se puede intentar negociar, pero es DIFÍCIL obtener un buen resultado.
El
motivo es sencillo. Lo habitual en estos casos es que cuando se compre una
vivienda, en el contrato
privado se pacte la subrogación en una hipoteca, con las condiciones que la
entidad financiera tenga establecidas.
Si
usted en ese momento NO pacta todas las condiciones luego será muy difícil,
por no decir imposible, que el banco / caja quiera condonar -perdonar- ni un
solo concepto.
Así mismo, aunque lo pudiera negociar, el banco
hará sus cálculos de hasta donde puede ''apretarle'', ya que la única
alternativa a no subrogarse en la hipoteca es haciendo una nueva, que tiene unos
gastos MUCHO MAS ALTOS que la subrogación (sobre todo porque hay que pagar
Actos
Jurídicos Documentados).
En
todo caso, si pudiera, debe exigir que sea 0 euros.