El
IVA y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (en adelante ITP) son IMPUESTOS
que cobra la Administración Pública.
Actualmente,
lo recaudan las Comunidades Autónomas, ya que tienen transferidas las
competencias de este tipo de tributos.
¿CUANDO
CORRESPONDE PAGAR EL IVA, Y EL ITP?
En
función de si la vivienda es nueva o usada, se paga uno u otro impuesto, de tal
forma que:
¿CUÁNTO
SE PAGA?
Al
ser un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, cada una tiene su propia
regulación al respecto, y cobra por ello una cantidad que puede ser diferente.
Como
normal general, y tomando como referencia el valor declarado en la escritura
pública de compra - venta, se paga:
Ahora
bien, aunque puede tomar este parámetro como normal general, tenga en cuenta
donde va a realizar la compra de la vivienda y el tipo de vivienda que se trate
(libre, de Protección Oficial), ya que por ejemplo:
-
En
Canarias, el IVA se sustituye por el IGIC, que es el 5%. En Ceuta y Melilla
por el IPSI.
-
Si
se trata de una vivienda de Protección Oficial, en vez de pagar el 7% de
IVA, se paga el 4%.
¿SE
PUEDE NEGOCIAR ESTE IMPUESTO?
NO,
es un Impuesto, y la Administración Pública no aplica ''rebaja'' alguna.